La cuestión de los identificados como “refugiados” o desplazados climáticos viene atrayendo la atención tanto de los medios de comunicación como de la doctrina de manera creciente. Ello puede deberse a que el trato que debe darse a quienes se ven forzados a desplazarse de sus hogares como consecuencia del cambio climático se sitúa en la encrucijada de dos de las grandes crisis que la humanidad deberá afrontar en un próximo futuro.
Esas grandes crisis que se entrecruzan en el supuesto de los desplazados climáticos son la migratoria y la climática. La trascendencia de ambos retos justifica que el trato que deben recibir esas personas sea objeto de estudio y, en esa cuestión, el análisis jurídico debe ocupar de forma necesaria un lugar preferente.
En efecto, el enfoque desde el derecho es una pieza esencial de cara a la respuesta a ese problema que, entre otras cosas, exigirá el diseño de marcos de protección de los derechos fundamentales de esas personas.