Los permisos de residencia para las personas que huyen de desastres pueden convertirse en visados de trabajo de larga duración
Gracias al Decreto Ley del 21 de octubre de 2020, No. 130, convertido con modificaciones en la Ley de 18 de diciembre de 2020, No. 173, Italia cuenta con una de las legislaciones nacionales más avanzadas en materia de migración ambiental. De hecho, actualmente Italia es el único país de la Unión Europea que brinda protección humanitaria a los migrantes ambientales. Hasta 2015-2016, las excepciones a este respecto incluían a Finlandia y Suecia. Sin embargo, debido al elevado número de llegadas en 2015, ambos países suspendieron sus disposiciones nacionales.
Finlandia derogó el artículo 88a, capítulo 6 de la Ley finlandesa de extranjería 301/2004 en 2016. El artículo 88a concedía protección humanitaria si una catástrofe ambiental impedía que una persona regresara a su hogar en otro país. En ese caso, se podría expedir un permiso de residencia si no se aplicaba ni asilo ni protección subsidiaria.
A diferencia de Finlandia, Suecia optó por una derogación temporal del 20 de julio de 2016 al 19 de julio de 2019, posteriormente prorrogada (en junio de 2019) hasta julio de 2021. En virtud de esta reversión temporal, la sección 2ª, capítulo 4 de la Ley de Extranjería de Suecia (2005: 716) ya no protege a una persona que no puede regresar a su hogar debido a un desastre ambiental. Esto significa que, hasta la fecha, los migrantes ambientales no tienen derecho a un permiso de residencia en Suecia.
Mientras Finlandia y Suecia suspendieron estas formas de protección humanitaria, en 2015, el Tribunal de Bolonia (Italia) garantizó la protección humanitaria a Rachid, un inmigrante de Pakistán que llegó a Italia tras una inundación. Su abogada, Alba Ferretti, consiguió esta sentencia favorable (posteriormente confirmada en apelación) sobre la base de «motivos graves» de carácter humanitario, tal como se establece en el artículo 5, apartado 6, del Decreto Legislativo Nº 286/1998 (Ley de inmigración italiana). Por primera vez en Italia una persona obtuvo protección humanitaria por motivos ambientales. Un permiso de residencia que fue convertido en un visado de trabajo a más largo plazo le permitió a Rachid reconstruir su vida en Parma.
El artículo 5 (6) de la Ley de inmigración italiana se estaba convirtiendo en una «cláusula de salvaguardia» tan inclusiva que cubría incluso a los migrantes ambientales excluidos de cualquier protección hasta entonces. No en vano, unos años después, el entonces ministro del Interior de extrema derecha, Matteo Salvini, derogó la referencia a los “motivos graves” de carácter humanitario mediante el Decreto nº 113/2018 (también conocido como “Decreto de Seguridad”).
En su opinión, la falta de una clasificación jurídica de esas «razones graves» de carácter humanitario estaba aumentando significativamente el número de beneficiarios. Por esta razón, su “Decreto de seguridad” primero desmanteló la protección humanitaria y la reemplazó por siete permisos de residencia temporal con fines humanitarios, incluidos los desastres.
Gracias a la actual ministra del Interior, Luciana Lamorgese, la Ley No. 173/2020 finalmente ha modificado algunas de las peores disposiciones introducidas por las políticas antiinmigración de Salvini. En particular, esta ley tan esperada ha introducido modificaciones importantes en el “permiso de residencia por catástrofes” (permesso di soggiorno per calamità).
La modificación más relevante se refiere a la posibilidad de convertir los permisos de residencia para personas que huyen de desastres en visados de trabajo a más largo plazo. Fundamentalmente, la Ley No. 173/2020 ha eliminado la anterior referencia a la renovación de este permiso de residencia, que lo limitaba a seis meses solo si persistían condiciones excepcionales relacionadas con el desastre en el país de origen del solicitante. Según el «Decreto de seguridad» ya derogado, las personas que huían de desastres podían permanecer en Italia solo seis meses y, finalmente, trabajar. Este permiso de residencia podía renovarse solo una vez durante otros seis meses. Además, se había derogado el derecho a recibir un visado de trabajo a más largo plazo.
En cambio, con la nueva formulación, el permiso de residencia por desastres puede renovarse sin un plazo fijo siempre que persistan las condiciones de inseguridad en el país de origen y eventualmente se convierta en un visado de trabajo de más largo plazo. Esta enmienda evita que miles de personas caigan en situación irregular.
Otras novedades relevantes introducidas por la Ley Nº 173/2020 tienen que ver con la redacción del artículo 20-bis de la Ley de inmigración italiana, que regula el permiso de residencia en caso de catástrofe. En particular, el Artículo 20-bis enmendado ha reemplazado la expresión desastre “inminente y excepcional” (contingente ed eccezionale) por desastre “grave”, lo que permite considerar una interpretación potencialmente más amplia del tipo de desastre.
Según algunos estudiosos del derecho (Di Pietro, 2021; Scissa, 2021), un desastre «grave» puede incluir tanto eventos de desarrollo lento como rápido, ya que se hace hincapié en la gravedad más que en la inminencia del evento climático.
Además, el término “desastre” aún no está definido, por lo que no queda claro si puede incluir desastres tanto naturales como provocados por la humanidad. En este sentido, la mayoría de los expertos juristas argumentan que es más probable que el término “desastre” se interprete como natural y provocado por las personas de conformidad con el artículo 1 del Decreto Legislativo No. 1/2018, que define el desastre en un doble entendimiento (Benvenuti, 2019; Di Pietro, 2021; Scissa, 2021).
Sin embargo, lo que no ha modificado la Ley 173/2020 es la autoridad responsable de evaluar la gravedad del desastre. Al igual que en la formulación anterior del artículo 20-bis, el permiso de residencia en caso de desastre todavía se emite a discreción de la Jefatura de Policía (Questura).
En definitiva, hoy en día, en Italia se puede otorgar protección humanitaria a los migrantes ambientales que no califican para la protección internacional, si un desastre grave en su país de origen les impide regresar a su hogar de manera segura.
Con la ordenanza No. 5022/2021, el Tribunal de Casación aclaró además que el reconocimiento de la protección humanitaria se justifica en cualquier contexto que represente un riesgo real para los derechos fundamentales a la vida, la libertad, la autodeterminación de las personas, incluido el cambio climático y el uso insostenible de los recursos naturales.
La Corte también enfatizó el concepto del núcleo inviolable de la dignidad humana como condición previa para el otorgamiento de protección humanitaria. En definitiva, el riesgo que supone para el núcleo inviolable de la dignidad humana la repatriación y la consiguiente vulnerabilidad individual legitiman el reconocimiento de la protección humanitaria para algunos casos de migraciones ambientales.
Referencias:
Benvenuti, M. (2019). Il dito e la luna. La protezione delle esigenze di carattere umanitario degli stranieri prima e dopo il decreto Salvini. Diritto , Immigrazione e Cittadinanza, 1(1), 1–39.
Di Pietro, F. (2021). La nuova disciplina dei permessi per calamità, per cure mediche, per motivi religiosi, per attività sportiva, per lavoro artistico, per ricerca. In M. Giovannetti & N. Zorzella (Eds.), Immigrazione, protezione internazionale e misure penali (pp. 73–75). Pacini Giuridica.
Scissa, C. (2021). La protezione per calamità: una breve ricostruzione dal 1996 ad oggi. Forum Di Quaderni Costituzionali, 1, 136–147.
Texto traducido por: Beatriz Felipe Pérez