Por Pablo Escribano*
En su conjunto, América Latina presenta vulnerabilidades evidentes ante los impactos negativos del cambio climático. La exposición de sus comunidades a amenazas repentinas (inundaciones, huracanes) y graduales (sequía, desertificación, subida del nivel del mar, retroceso de los glaciares) crea regularmente situaciones de desastres que contribuyen a fomentar patrones de movilidad interna e internacional.
Ante esta situación, los países de la región han avanzado en la incorporación progresiva de la migración climática en sus estrategias e intervenciones. A menudo este proceso se desarrolla de manera transversal, en el que la migración climática emerge como un aspecto importante en herramientas de gestión más amplias de los ámbitos migratorios, climáticos o de gestión del riesgo de desastres:
- A nivel de política migratoria, por ejemplo, varios son los países que incluyen en sus leyes de migración disposiciones para facilitar la entrada o la permanencia de extranjeros cuyos países de origen han sido afectados por desastres. La Ley Especial de Migración y Extranjería de El Salvador, aprobada en 2019, otorga capacidad a la Dirección General de Migración y Extranjería de admitir a personas que “estime convenientes por razones humanitarias, de conformidad con los instrumentos internacionales de derechos humanos” (artículo 104). También permite la extensión de visados de turista a personas “en casos de desastre antropogénico, epidemias, fenómenos naturales, asunto humanitario […] (artículo 85). La Ley de Migración de Bolivia es todavía más explícita puesto que entre sus artículos incluye una definición específica de la categoría de migrantes climáticos (artículo 4.16) y solicita acuerdos “en temas de cambio climático y medioambiental con los diferentes Estados, para la protección de bolivianas y bolivianos afectados” y considera “la admisión de poblaciones desplazadas por efectos climáticos, cuando exista riesgo o amenaza a la vida, y sean por causas naturales o desastres medioambientales, nucleares, químicos o hambruna.” Los enfoques legales en el ámbito migratorio han sido utilizados de varias maneras para permitir la entrada de personas afectadas por desastres.
- Pese a representar avances menos operativos, las referencias a la movilidad humana en las estrategias climáticas de las Américas reflejan la manera en que los flujos migratorios son percibidos en el continente. Diferentes documentos estratégicos sobre el cambio climático – Contribuciones Nacionales Determinadas, Planes Nacionales de Adaptación, Estrategias Nacionales de Cambio Climático, Comunicaciones Nacionales ante la Convención Marco – mencionan la migración por motivos climáticos, casi siempre considerando la movilidad como el resultado de una falta de adaptación. La cuarta Comunicación Nacional de México en 2009 solicitaba “evaluar los escenarios de migración masiva e impactos sociales bajo condiciones de cambio climático”. Por su lado, la Contribución Nacional Determinada incluye claramente un componente relacionado con la movilidad humana al solicitar acciones para el período 2020-2030 que permitan “reubicar asentamientos humanos irregulares en zonas de riesgo de desastres mediante la regulación del uso del suelo”. El documento estratégico Tarea Vida: Plan de Estado para el Enfrentamiento al cambio climático de Cuba es igual de explícito al incluir entre sus acciones estratégicas “reducir la densidad demográfica en las zonas bajas costeras”.
- Finalmente, el tercer ámbito en el que se transversaliza la gestión de la migración climática es de la gestión de riesgo de desastres. La integración de la prevención y el abordaje del desplazamiento por fenómenos repentinos todavía resulta limitada en las estrategias de gestión del riesgo de desastres, pese a la existencia de directrices globales para favorecer este proceso. La gestión del desplazamiento por desastre suele estar en manos de los servicios de emergencias y gestión del riesgo, pero es necesario un enfoque más específico para abordar las consecuencias de los fenómenos repentinos en la movilidad humana.
Estos diferentes procesos señalan una integración creciente de la movilidad humana en el marco de distintos ámbitos políticos, en un proceso que se ha ido acelerando a nivel global desde el año 2015 con el papel catalizador del acuerdo de París, el Marco de Sendai y la Agenda Nansen. En un conjunto en el que los países optan por incluir la movilidad climática en instrumentos más amplios, dos países en particular se distinguen por un enfoque específico:
- En Honduras, la Estrategia Nacional de Cambio Climático menciona en varias ocasiones la dimensión migratoria del cambio climático. Las migraciones aparecen como consecuencia de los impactos negativos del cambio climático: “los efectos adversos del cambio climático ya observados y proyectados, incluyen amplios procesos de reubicación y migración en el ámbito nacional, regional e internacional”. Más significativamente, la Estrategia Nacional establece como objetivo “establecer y fortalecer un marco legal e institucional para abordar y tratar las condiciones especiales de las migraciones de origen climático, sobre la base de la doctrina de los derechos humanos y en el marco de estrategias de adaptación al cambio climático”. Pese a que no se han registrado todavía avances en la preparación de este marco, la definición de este objetivo representa un proceso innovador por su enfoque específico en las migraciones climáticas.
- El otro país donde el gobierno ha optado por desarrollar un instrumento específico dedicado a las migraciones climáticas es Perú. La ley marco de cambio climático del 2018 solicita al Poder Ejecutivo la emisión de un “plan de acción para prevenir y atender la migración forzosa causada por los efectos del cambio climático, a fin de evitar el incremento de la presión sobre las infraestructuras y servicios urbanos, el aumento de la posibilidad de conflictos sociales y, entre los mismos migrantes, el detrimento de los indicadores sanitarios, educativos y sociales.” El reglamento de dicha ley, de 2019, otorga al Ministerio del Ambiente, junto al Ministerio de la Mujer y Poblaciones vulnerables, la responsabilidad de la elaboración del plan de acción. Este proceso se encuentra actualmente en curso, si bien afectado por la situación de pandemia, pero representa una oportunidad única de desarrollo de un mecanismo específico para abordar las migraciones climáticas.
Los diferentes ejemplos de documentos estratégicos muestran el progreso que se está alcanzando en América Latina en la gestión de la movilidad por causas climáticas. Diferentes perspectivas aparecen en este proceso, incluyendo la transversalización de la migración climática en documentos más amplios y la preparación de planes específicos. Pese a que no cabe dudar de los avances realizados en los últimos años, es preciso recordar también la necesidad de que la atención a la migración climática pase de las consideraciones estratégicas a las intervenciones concretas sobre el terreno.
Un comentario
Nothing New in the article of Escribano as he did not cited the research and publications of two leading experts on climate change in latín america. While UN do not recognized climate and environmental migrants as refugees to ensure their right to be protected